- INFORMES GENERALES DE ORDEN PUBLICO. Los Alcaldes deberán enviar informes sobre la situación general del orden público al correspondiente Gobernador relacionados con la seguridad, tranquilidad y salubridad. La periodicidad de los informes será fijada por los Gobernadores. Los Gobernadores y el Alcalde Mayor de Bogotá, deberán enviar al Gobierno Nacional por conducto del Ministerio de Gobierno informes similares sobre la situación del orden público en su correspondiente jurisdicción. Dichos informes versarán sobre las situaciones gestadoras o fomentadoras de perturbaciones del orden público con precisión de las medidas que se han tomado y de las que deban tomarse, para conjurar la situación, así como la solicitud precisa de la ayuda o colaboración que sea necesaria (Ley 4a. de 1991, art. 1, concordado con el art. 309 de la Constitución Política).
Decreto 2626 de 1994 →Struck down
Article 204
Decreto 2626 de 1994 · por el cual se expide la compilación de las disposiciones constitucionales y legales vigentes para la organización y el funcionamiento de los municipios
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.