° Para suplir las vacancias temporales de los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil o para el desarrollo de actividades de carácter netamente transitorio, podrá vincularse personal supernumerario por un lapso que en ningún caso podrá exceder de siete (7) meses. La remuneración de los supernumerarios se fijará de acuerdo con las escalas de remuneración establecidas en este Decreto, según las funciones que deban desarrollarse. Sin embargo, aquellas personas vinculadas a la Registraduría Nacional del Estado Civil, con anterioridad a la fecha de publicación del presente Decreto para desempeñar actividades transitorias, continuarán devengando la remuneración mensual que correspondía, a 31 de diciembre de 1987, al grado de remuneración asignado. La Registraduría Nacional del Estado Civil suministrará al personal supernumerario atención médica en caso de enfermedad o accidente de trabajo y en caso de fallecimiento el seguro por muerte de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
Article 4
Para Suplir Las Vacancias Temporales De Los Empleos De La Registraduría Nacional Del Estado Civil O Para El Desarrollo De Actividades De Carácter Netamente Transitorio, Podrá Vincularse Personal Supernumerario Por Un Lapso Que En Ningún Caso Podrá Exceder De Siete (7) Meses
Decreto 126 de 1988 · por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
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