- Plazo para cumplir los requisitos de la entrega. El suscriptor favorecido cuenta con un plazo de treinta (30) días comunes a partir de la fecha de la Asamblea, para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el contrato, a fin de obtener la entrega del bien o servicio, objeto del mismo. Este término podrá ser prorrogado hasta por diez (10) días comunes a solicitud del suscriptor. Cuando por causa no justificada el suscriptor favorecido por sorteo no diere oportuno cumplimiento a los requisitos para hacerle entrega del bien, la sociedad procederá a anular la adjudicación y a devolver dentro de los quince días siguientes el total de cuotas netas que dicho suscriptor hubiere pagado, dando así por terminado el contrato.
Article 23
Resolucion 16763 de 1988 · Por la cual se reglamenta el Sistema de Administración de los Consorcios Comerciales. EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En uso de sus facultades legales y CONSIDERANDO : Primero .- Que el Decreto 1941 de 19 de junio de 1986, asigno a la Superintendencia de Sociedades las funciones de vigilancia y control sobre las sociedades Administradoras de Consorcios Comerciales de conformidad con el Decreto 1970 de 1979;
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Constitutional history
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