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Article 369

Unidades De Investigación Especial

Ley 1407 de 2010 · por la cual se expide el Código Penal Militar.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Si la complejidad del asunto lo amerita, el Fiscal Penal Militar competente solicitará al Fiscal General Penal Militar, la ampliación del equipo investigativo.

Tal equipo se integrará con los fiscales penales militares y miembros de policía judicial que se requieran, según el caso, y quienes trabajarán con dedicación exclusiva y bajo la coordinación del Fiscal que realizó la solicitud, en el desarrollo del programa metodológico correspondiente.

En estos eventos, el Fiscal Penal Militar coordinador, a partir de los hallazgos reportados por la policía judicial, deberá rendir informes periódicos del avance de la investigación al Fiscal General Penal Militar, a fin de implementar los apoyos que se requieran.

Según los resultados, el coordinador del grupo solicitará la reorganización o disolución del grupo investigativo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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