La rehabilitación integral de que trata esta ley entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2013, una vez el Gobierno Nacional implemente el sistema, los procesos y los procedimientos requeridos para su operación.
De conformidad con lo dispuesto en el Documento Conpes 3591 de julio de 2009, el Ministerio de Defensa Nacional y sus unidades ejecutoras asumirán la sostenibilidad y costos de funcionamiento del Centro de Rehabilitación Integral (CRI).