- Objeto social. El objeto social de las Sociedades Administradoras de Consorcios Comerciales será exclusivo y limitado a la conformación de grupos y a la administración de los fondos que los integrantes de cada uno de ellos aporte para la adquisición de bienes o prestación de servicios mediante el pago de cuotas periódicas o extraordinarias.
Article 2
Resolucion 16763 de 1988 · Por la cual se reglamenta el Sistema de Administración de los Consorcios Comerciales. EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En uso de sus facultades legales y CONSIDERANDO : Primero .- Que el Decreto 1941 de 19 de junio de 1986, asigno a la Superintendencia de Sociedades las funciones de vigilancia y control sobre las sociedades Administradoras de Consorcios Comerciales de conformidad con el Decreto 1970 de 1979;
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Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.