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Article 17

Dirección De Fomento Y Desarrollo

Decreto 4183 de 2011 · por el cual se transforma al Instituto Colombiano del Deporte, COLDEPORTES-, establecimiento público del orden nacional en el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, COLDEPORTES y se determinan su objetivo, estructura y funciones.

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01

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Dirección de fomento y desarrollo. Son funciones de la Dirección de Fomento y Desarrollo, las siguientes

1.

Preparar y proponer normas, políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la práctica del deporte estudiantil, social comunitario, la recreación, la actividad física y el aprovechamiento del tiempo libre.

2.

Proponer y desarrollar las políticas públicas del deporte estudiantil, social comunitario, la recreación, la actividad física y el aprovechamiento del tiempo libre para su práctica y disfrute.

3.

Contribuir al desarrollo de las competencias ciudadanas a través de la práctica del deporte estudiantil, social comunitario, la recreación, la actividad física y el aprovechamiento del tiempo libre, en coordinación con las autoridades competentes.

4.

Brindar asistencia técnica y acompañamiento a las instituciones públicas y privadas en la adopción de proyectos y programas de deporte estudiantil, social comunitario, recreación, actividad física y de educación física, dirigidos a diferentes grupos poblacionales.

5.

Diseñar y desarrollar programas y proyectos de recreación a nivel nacional, para garantizar una oferta que incluya a las poblaciones en situación de vulnerabilidad y a grupos poblacionales específicos.

6.

Formular y desarrollar programas y proyectos de amplia cobertura poblacional, que generen impacto en la sociedad.

7.

Orientar la práctica y disfrute de la recreación priorizando la niñez, la adolescencia, la juventud y las personas mayores, buscando la participación de la familia y la comunidad.

8.

Fomentar y reglamentar las prácticas y el reconocimiento del Deporte Social Comunitario en sus diversas manifestaciones.

9.

Diseñar, reglamentar e implementar, los planes, programas y proyectos de formación deportiva a través de escuelas deportivas y recreativas a nivel nacional.

10.

Difundir el conocimiento, la enseñanza del deporte y la recreación mediante el fomento de escuelas deportivas para la formación y perfeccionamiento de los practicantes y cuidar la práctica deportiva en la edad escolar.

11.

Promover la universalización de la actividad física a través de la creación de programas y proyectos a nivel territorial, que estimulen la inclusión de la actividad física regular en los hábitos y estilos de vida saludable.

12.

Establecer, implementar y fortalecer el Sistema Nacional del Deporte en su modalidad estudiantil, a través del deporte escolar y el deporte universitario.

13.

Impulsar y coordinar las competiciones deportivas estudiantiles a nivel territorial y nacional.

14.

Coordinar con el Ministerio de Educación Nacional la formulación y el desarrollo de políticas y programas de educación física en los currículos escolares.

15.

Promover el deporte, la actividad física y la recreación, a través de jornadas complementarias, en coordinación con las autoridades competentes.

16.

Fomentar hábitos y estilos de vida saludables desde la actividad física, la recreación y la educación física y su impacto en la salud y en una cultura de convivencia y paz.

17.

Promover la autosostenibilidad en los programas, a través de los organismos del sector público y privado.

18.

Desarrollar programas de conservación de la memoria del Sistema Nacional del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y la Educación Física.

19.

Promover y desarrollar la implementación, mantenimiento y mejora continua del Sistema de Gestión Integral en la dependencia.

20.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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