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Article 14

Para El Registro Y Control De Las Operaciones Que Se Realicen En Cada Instituto Docente Con Los Recursos Del Fondo De Fomento De Servicios Docentes, Se Llevarán Los Correspondientes Libros Auxiliares Contables, Debidamente Foliados, Rubricados Y Sellados Por La Unidad Fiscal, En Los Cuales Se Anotarán En Forma Permanente, Secuencial Y Ordenada El Movimiento Contable Con Base En Los Comprobantes De Pago Y Los Soportes De Éstos

Decreto 1592 de 1988 · por el cual se reglamenta la administración de los Fondos de Fomento de Servicios Docentes de los Institutos Docentes Nacionales y Nacionalizados y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Para el registro y control de las operaciones que se realicen en cada Instituto Docente con los recursos del Fondo de Fomento de Servicios Docentes, se llevarán los correspondientes libros auxiliares contables, debidamente foliados, rubricados y sellados por la unidad fiscal, en los cuales se anotarán en forma permanente, secuencial y ordenada el movimiento contable con base en los comprobantes de pago y los soportes de éstos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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