La Tarjeta Profesional se entregará por intermedio del Tribunal superior del domicilio del solicitante, cuando se tratare de abogados inscritos con anterioridad a al vigencia del presente decreto, caso en el cual se exigirá por el Tribunal respectivo, la presentación del comprobante de consignación o giro a favor del Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia. En tratándose de abogados recibidos con posterioridad a la vigencia de este Decreto, la entrega de la Tarjeta Profesional se hará por conducto del tribunal que decretare la inscripción, previo el lleno de los requisitos legales.
Article 12
La Tarjeta Profesional Se Entregará Por Intermedio Del Tribunal Superior Del Domicilio Del Solicitante, Cuando Se Tratare De Abogados Inscritos Con Anterioridad A Al Vigencia Del Presente Decreto, Caso En El Cual Se Exigirá Por El Tribunal Respectivo, La Presentación Del Comprobante De Consignación O Giro A Favor Del Fondo Rotatorio Del Ministerio De Justicia
Decreto 1137 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley número 196 DE 1971
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