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Article 9

Los Oficiales De Los Servicios De La Policía Se Tomarán: A) De Los Oficiales De Las Fuerzas Armadas Que Tuvieren El Título De La Correspondiente Profesión O Especialidad, Y B) De Los Profesionales Con Título Universitaria De Facultad Mayor, Que Después De Haber Servido No Menos De Cuatro (4) Años En Las Fuerzas Armadas, Fueren Aceptados Y Escalafonados, Previo Concepto De La Junta Asesora Del Ministerio De Guerra

Decreto 2295 de 1954 · Por el cual se organiza la carreta profesional de los Oficiales de las Fuerzas de Policía

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01

Text of the article

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º Los Oficiales de los servicios de la Policía se tomarán

a)

De los Oficiales de las Fuerzas Armadas que tuvieren el título de la correspondiente profesión o especialidad, y

b)

De los profesionales con título universitaria de Facultad Mayor, que después de haber servido no menos de cuatro (4) años en las Fuerzas Armadas, fueren aceptados y escalafonados, previo concepto de la Junta Asesora del Ministerio de Guerra.

02

Constitutional history

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