JurídicoESEN

Article 33

Decreto 1738 de 1994 · por el cual se aprueban los estatutos y reglamento de funcionamiento de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Funciones del coordinador general. El coordinador general de la Comisión ejercerá la coordinación de las actividades a cargo del organismo, para lo cual tendrá las siguientes funciones

a)

Celebrar el contrato de fiducia y coordinar el desarrollo y la ejecución del mismo;

b)

Adjudicar y celebrar los actos y contratos que requiera la Comisión para su adecuado funcionamiento;

c)

Realizar la ordenación del gasto y del pago;

d)

Consultar con el Presidente de la Comisión el orden del día de las reuniones de la Comisión y realizar las citaciones correspondientes;

e)

Citar a las reuniones del Comité de Expertos;

f)

Presentar ante la Comisión el informe de actividades;

g)

Refrendar las resoluciones y firmar las actas de la Comisión;

h)

Suscribir la correspondencia oficial de la Comisión;

i)

Comunicar a las entidades sometidas a regulación, a los organismos de control, a las entidades competentes y en general a las personas interesadas, las decisiones de la Comisión;

j)

Presentar a la Comisión el estudio de distribución de las contribuciones especiales por concepto de regulación;

k)

Elaborar el plan anual de caja y los acuerdos de gastos y presentarlos ante las autoridades competentes;

l)

Presentar ante la Comisión el anteproyecto de presupuesto anual y someterlo a consideración del Gobierno Nacional;

m)

Ordenar la vinculación del personal de la Comisión de acuerdo con la decisión que sobre el particular tome el Comité de Expertos;

n)

Resolver las situaciones administrativas del personal de la Comisión y de los otros expertos;

o)

Autorizar las comisiones de servicio dentro y fuera del territorio nacional del personal de la Comisión y de los otros expertos. Las comisiones de servicio al exterior de los expertos requerirán, además, previo visto bueno del Presidente de la Comisión;

p)

Tomar todas las decisiones y medidas necesarias en relación con el manejo del personal de la Comisión;

q)

Realizar el seguimiento de la ejecución de las decisiones adoptadas por el Comité de Expertos y por la Comisión;

r)

Velar por la gestión eficiente de las actividades del personal vinculado a la Comisión;

s)

Establecer y desarrollar el sistema de control interno, en concordancia con lo dispuesto en la Ley 87 de 1993;

t)

Expedir la certificación de todos los actos administrativos que sean de su competencia;

u)

Las demás que le sean asignadas por la Comisión. TITULO VI. Coordinaciones ejecutiva y administrativa

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1738 de 1994