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Article 13

Decreto 2340 de 2003 · por el cual se reglamenta la Ley 789 de 2002 en lo relacionado con la administración y gestión de los recursos para el crédito y se dictan medidas para acceder a los beneficios del Fondo para el Fomento del Empleo y Protección al Desempleado.

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01

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Articulo 13 . Requisitos para acceder a los beneficios del Fondo para el Fomento al Empleo y Protección al Desempleado sin vinculación anterior a las Cajas de Compensación Familiar . Los interesados en acceder a los subsidios de que trata el artículo 11 de la Ley 789 de 2002, deberán acreditar lo siguiente

1.

Carecer de un ingreso económico.

2.

Encontrarse disponible para trabajar en forma inmediata.

3.

Acreditar conductas activas de búsqueda de empleo.

4.

No ser beneficiario del régimen de subsidios a que se refiere el artículo 8º de la Ley 789 de 2002.

5.

Estar inscrito como demandante en el Sistema Nacional de Registro Laboral, una vez se expida su régimen de organización, administración y funcionamiento, conforme el artículo 42 de la Ley 789 de 2002.

6.

Ser jefe cabeza de hogar desempleado.

Parágrafo 1

El interesado deberá acreditar los requisitos señalados en los numerales 1, 2 y 3 del presente artículo, mediante el diligenciamiento del formulario del que trata el artículo 15 de este decreto y deberá adjuntar al mismo las constancias del envío de solicitudes de empleo.

Parágrafo 2

Si adicionalmente el jefe cabeza de hogar desempleado es artista, escritor o deportista, deberá presentar la certificación de afiliado en la que conste esta condición expedida por la correspondiente asociación a la que pertenezca. En el evento en que el jefe cabeza de hogar desempleado, artista, escritor o deportista, no pertenezca a las correspondientes asociaciones en calidad de afiliado, deberá acreditar esta condición mediante declaraciones de dos testigos.

Parágrafo 3

Las Cajas de Compensación Familiar deberán priorizar las solicitudes para otorgamiento del subsidio presentadas por los jefes cabeza de hogar que adicionalmente acrediten la condición de artistas, escritores o deportistas, en estricto orden y con base en la fecha de presentación de la solicitud de desempleado ante la Caja de Compensación Familiar. En el evento de presentación de solicitudes en el mismo orden, tendrán prioridad aquellas que correspondan a jefes cabeza de hogar con número mayor de hijos que no sobrepasen la edad de 18 años.

02

Constitutional history

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