° Las prestaciones sociales del personal docente nacionalizado, que se causen a partir del 30 de diciembre de 1989, así como los correspondientes reajustes y la sustitución de pensiones que se reconozcan a partir de dicha fecha, son de responsabilidad de la Nación y serán pagados por intermedio del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. CAPITULO III De las responsabilidades sobre las prestaciones sociales del personal docente nacional.
Article 7
Las Prestaciones Sociales Del Personal Docente Nacionalizado, Que Se Causen A Partir Del 30 De Diciembre De 1989, Así Como Los Correspondientes Reajustes Y La Sustitución De Pensiones Que Se Reconozcan A Partir De Dicha Fecha, Son De Responsabilidad De La Nación Y Serán Pagados Por Intermedio Del Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio
Decreto 2563 de 1990 · por el cual se determinan las responsabilidades de pago de las prestaciones sociales del personal docente nacional y nacionalizado y se dictan otras disposiciones.
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