º las corporaciones o asociaciones y las fundaciones que no persigan fines de lucro no están sometidas a impuesto sobre la renta. No obstante, dichas entidades deberán presentar una declaración de renta, a la cual acompañarán una copia privada de los respectivos estatutos autenticada por el representante legal. Las corporaciones o asociaciones y las fundaciones sometidas por ley a la inspección del Gobierno nacional, en lugar de la copia de los estatutos, acompañarán a su declaración de renta una certificación de la oficina encargada de dicha inspección o vigilancia, en la cual conste su registro y la circunstancia de que no reparten utilidades a personas naturales, directamente o a través de otras personas jurídicas. Cuando las corporaciones o asociaciones y las fundaciones no acompañen a su declaración de renta y patrimonio los documentos señalados en este artículo, serán gravadas con impuesto básico de renta a la tarifa que rige para las sociedades colectivas y a sus asociados se les gravarán en la reforma que se indicara en el artículo 10 del presente Decreto.
Decreto 1099 de 1974 →In force
Article 8
Las Corporaciones O Asociaciones Y Las Fundaciones Que No Persigan Fines De Lucro No Están Sometidas A Impuesto Sobre La Renta
Decreto 1099 de 1974 · Por medio del cual se reglamenta la Ley 6ª de 1973 y otras disposiciones relativas al impuesto sobre la renta y complementarios
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.