Las disposiciones del artículo anterior se refieren no sólo a las empresas o individuos que ocupan obreros para trabajos permanentes, como en la industria fabril, sino a las personas naturales o jurídicas que por ocupación habitual, o por necesidad transitoria o ejecución de obras eventuales, como acontece en la construcción de edificios y otros casos semejantes, empleen obreros de cualquier gremio por tiempo mayor de un mes, en la ejecución de dichas obras.
Article 19
Las Disposiciones Del Artículo Anterior Se Refieren No Sólo A Las Empresas O Individuos Que Ocupan Obreros Para Trabajos Permanentes, Como En La Industria Fabril, Sino A Las Personas Naturales O Jurídicas Que Por Ocupación Habitual, O Por Necesidad Transitoria O Ejecución De Obras Eventuales, Como Acontece En La Construcción De Edificios Y Otros Casos Semejantes, Empleen Obreros De Cualquier Gremio Por Tiempo Mayor De Un Mes, En La Ejecución De Dichas Obras
Decreto 726 de 1924 · Por el cual se dictan varias disposiciones sobre estadística de las industrias y del trabajo
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