°. Incumplimiento por parte de las entidades promotoras de salud y entidades obligadas a compensar . Si una Entidad Promotora de Salud del régimen contributivo o una entidad obligada a compensar no efectúa el giro en la cuantía y el tiempo señalado en este decreto y/o no suministra en debida forma la información que para el efecto se determine, el organismo directivo que definan las EPS y EOC informará al Fosyga, a fin de que este autorice o dé traslado de los recursos que a esta entidad le corresponden y los descuente de la siguiente compensación de la entidad, La EPS del Régimen Contributivo o EOC incumplida, no será beneficiaria de la distribución de los recursos de la “cuenta de alto costo” hasta que normalice su situación, sin que ello la exonere de continuar respondiendo por la atención de salud de las enfermedades de alto costo de sus afiliados, ni de la realización de las actividades de protección específica, detección temprana y atención de enfermedades de interés en salud pública directamente relacionadas con el alto costo. Si la Entidad Promotora de Salud del régimen subsidiado no suministra la información en la forma y en el tiempo señalado, el organismo directivo que definan las EPS y EOC informará al Ministerio de la Protección Social para que este gire directamente los recursos relacionados con esa Entidad Promotora de Salud, a la “cuenta de alto costo”, lo cual deberá reflejar la entidad territorial y la EPS correspondientes en su ejecución presupuestal. La Entidad Promotora de Salud incumplida no será beneficiaria de la distribución de los recursos de la “cuenta de alto costo” hasta que normalice su situación, sin que ello la exonere de continuar respondiendo por la atención de salud de las enfermedades de alto costo de sus afiliados, ni de la realización de las actividades de protección específica, detección temprana y atención de enfermedades de interés en salud pública directamente relacionadas con el alto costo.
Decreto 2699 de 2007 →In force
Article 6
Incumplimiento Por Parte De Las Entidades Promotoras De Salud Y Entidades Obligadas A Compensar
Decreto 2699 de 2007 · por el cual se establecen algunas normas relacionadas con el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
repealed (inciso 2) by decreto 1700/11 amended (verif_articulado: el artículo 6° del decreto 2699 de 2007, el cual quedará así) by decreto 3511/09 amended by decreto 3511/09
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.