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Article 2.4.1.1.2.50

Deberes Y Obligaciones De Los Oficiales Auxiliares De Máquinas

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Deberes y Obligaciones de los Oficiales Auxiliares de Máquinas. Son deberes y obligaciones de los oficiales auxiliares de máquinas (electricistas, electrónicos de refrigeración, etc.) las siguientes:

1.

Responder ante el Maquinista Jefe por la operación, conservación y mantenimiento de los equipos a su cargo.

2.

Informar al Oficial Maquinista de guardia y al Maquinista Jefe sobre cualquier irregularidad que se presente en la operación de los equipos a su cargo y coordinar con este último, las medidas que deban tomarse.

3.

Instruir debidamente al personal subalterno bajo sus órdenes, sobre el mantenimiento, operación y reparación de los equipos a su cargo.

4.

Mantener al día las hojas de vida del equipo y material a su cargo.

5.

Las demás que le asigne el Capitán, el Maquinista Jefe o el Reglamento Interno del buque, dentro de su capacidad y competencia.

(Decreto 1597 de 1988 artículo 54)

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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