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Article 13

Penas Accesorias

Ley 1153 de 2007 · por medio de la cual se establece el tratamiento de las pequeñas causas en materia penal.Declarado

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01

Text of the article

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Se podrán aplicar al contraventor como penas accesorias a las principales, las siguientes:

1.

Inhabilitación para el ejercicio de profesión, arte, oficio, industria o comercio.

2.

Prohibición de consumir bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes o sicotrópicas.

3.

Privación del derecho a la tenencia y porte de armas.

4.

Privación del derecho a conducir vehículos automotores y motocicletas.

5.

Capacitación obligatoria del contraventor o participación en programas de rehabilitación para personas con problemas de drogadicción, alcoholismo o similares.

Parágrafo

Las penas accesorias deberán guardar relación con la conducta contravencional que se llevó a cabo o con la propia situación del contraventor y no podrán tener una duración superior a la de la pena principal.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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