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Article 9

Articulación De Los Bancos De Leche Humana

Ley 2361 de 2024 · por medio del cual se otorgan lineamientos para la creación de la política pública de lactancia materna, alimentación complementaria, y la promoción de los bancos de leche humana como componente anatómico.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los bancos de leche humana deberán estar articulados con todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, así como con otras entidades del Estado colombiano, según lo desarrolle la política pública y podrán apoyarse en la Superintendencia de Subsidio Familiar, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y demás entidades relacionadas.

Parágrafo

primero. Con el fin de fortalecer el vínculo territorial e institucional, los bancos de leche humana se deberán articular con las metas e intervenciones de los Planes Territoriales de Salud.

Parágrafo

segundo . Los bancos de leche humana funcionarán en instituciones públicas y privadas acorde con los lineamientos otorgados por el Ministerio de Salud y Protección Social en el marco del Sistema Nacional de Salud.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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