Cuando se trate de la apertura de créditos, estando reunido el Congreso, los respectivos Ministros o Jefes de Departamento Administrativo harán sus solicitudes al Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la forma prevista en los artículos anteriores. Aceptada la conveniencia, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Dirección General del Presupuesto, hará la solicitud de la certificación de disponibilidad al Contralor General, y, al obtenerla someterá el expediente a la consideración de la Cámara de Representantes, con el proyecto de ley respectivo.
Decreto 294 de 1973 →In force
Article 110
Cuando Se Trate De La Apertura De Créditos, Estando Reunido El Congreso, Los Respectivos Ministros O Jefes De Departamento Administrativo Harán Sus Solicitudes Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público En La Forma Prevista En Los Artículos Anteriores
Decreto 294 de 1973 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.