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Article 5

El Comandante Militar De Tierradentro Presentará Un Plan De Desarrollo Económico Y Social Que, Aprobado Por El Gobierno Nacional, Será De Obligatorio Cumplimiento Para Las Entidades Respectivas, Las Cuales Deberán Acometer Las Obras Directamente O Poner A Órdenes Del Comando Los Dineros Y Elementos Necesarios

Decreto 1833 de 1965 · Por el cual se crea el Comando Militar de Tierradentro

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Text of the article

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°. El Comandante Militar de Tierradentro presentará un plan de desarrollo económico y social que, aprobado por el Gobierno Nacional, será de obligatorio cumplimiento para las entidades respectivas, las cuales deberán acometer las obras directamente o poner a órdenes del Comando los dineros y elementos necesarios. Para la elaboración y ejecución de dicho plan, la Nación, los Institutos de Crédito Territorial, de Reforma Agraria, de Fomento Municipal, de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico, la Caja de Crédito Agrario y demás entidades similares, prestarán la asistencia necesaria.

02

Constitutional history

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