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Article 24

Decreto 1813 de 1984 · Por el cual se reglamentan, el artículo 25 del Decreto 1988 de 1974, el Decreto 3541 de 1983 y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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El artículo 12 del Decreto 570 de 1984, quedará así: "Cuando la adquisición de bienes o servicios constituya costo o deducción para el adquirente, para que proceda el costo o la deducción, la factura o documento equivalente deberá contener

a)

Apellidos, nombre o razón social, y NIT del vendedor.

b)

Número del documento o transacción, y fecha.

c)

Descripción específica o genérica de los artículos vendidos o servicios prestados.

d)

Valor total de la operación.

Parágrafo 1

Cuando el adquirente de los bienes o servicios sea un responsable del impuesto sobre las ventas, para que proceda el respectivo descuento, la factura o documento equivalente deberá contener además, la discriminación del correspondiente impuesto sobre las ventas.

Parágrafo 2

Los responsables que se encuentren dentro del régimen simplificado en ningún caso discriminarán el impuesto".

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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