Veeduría Especial. El Fondo de Inversión para la Paz, FIP, estará sujeto a la inspección y vigilancia de una Veeduría Especial, integrada por cinco (5) ciudadanos de reconocida trayectoria profesional y prestigio personal, designados por el Presidente de la República quienes determinarán autónomamente su reglamento y procedimientos para asegurar que la administración y asignación de los recursos se hagan de manera eficiente y transparente. La Veeduría Especial cumplirá las funciones que le son propias en virtud de la ley, distintas a las facultades de la Contraloría General de la República y los demás órganos estatales de control, de las facultades de la Oficina de Control Interno del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y de los mecanismos de auditoria externa que establezca el Consejo Directivo.
Decreto 1813 de 2000 →In force
Article 11
Veeduría Especial
Decreto 1813 de 2000 · por el cual se reorganiza el Fondo de Inversión para la Paz, FIP.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.