° El artículo 4° de la Resolución número 20 quedará así: Para las nuevas industrias esenciales a la economía nacional que utilicen más del 90% de materias primas nacionales, podrán concederse, a juicio de la Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, licencias para la importación de maquinaria y equipo fabriles pagables con moneda extranjera a la tasa oficial de cambio, en una proporción mayor a la señalada en la presente Resolución. Se entiende por nuevas industrias aquellas que se dediquen a la elaboración de cosas que no se estén produciendo o que no se produzcan en cantidad suficiente en el país en el momento de solicitar las licencias.
Article 2
El Artículo 4° De La Resolución Número 20 Quedará Así: Para Las Nuevas Industrias Esenciales A La Economía Nacional Que Utilicen Más Del 90% De Materias Primas Nacionales, Podrán Concederse, A Juicio De La Junta Directiva De La Oficina De Control De Cambios, Licencias Para La Importación De Maquinaria Y Equipo Fabriles Pagables Con Moneda Extranjera A La Tasa Oficial De Cambio, En Una Proporción Mayor A La Señalada En La Presente Resolución
Decreto 3714 de 1949 · por el cual se aprueba la Resolución número 24 de la Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones.
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