º Al ocurrir cualquier pérdida o daño el asegurado deberá dar aviso dentro del término de tres (3) días hábiles, contados a partir de la fecha de la ocurrencia del hecho y presentar dentro de los quince (15) días calendario siguientes al del siniestro la reclamación correspondiente acompañada de los documentos que se enumeran a continuación
Prueba sobre la propiedad del vehículo o de su interés asegurable;
Certificación de autoridad de tránsito o de policía, sobre la ocurrencia del hecho y de sus causas o en su defecto, dos declaraciones extrajuicio de testigos;
Cualquier otro documento que la Compañía estime necesario tendiente a acreditar la ocurrencia del hecho y la cuantía de la pérdida.