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Article 2.2.9.3.15

Funciones De La Secretaría Técnica

Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

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01

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Funciones de la Secretaría Técnica. Serán funciones de la Secretaría Técnica, las siguientes:

1.

Inscribir a las organizaciones participantes de las mesas a nivel municipal, distrital, departamental y nacional, conforme al procedimiento establecido para tal fin.

2.

Constatar la existencia de los documentos requeridos para el proceso de inscripción de las organizaciones de víctimas y las organizaciones defensoras de los derechos de las víctimas. Llevar el archivo del proceso de inscripción y garantizar la confidencialidad de la información en este contenida.

3.

Formalizar la citación a reuniones de la Mesa, convocadas por quienes tengan facultad para ello, según lo determine la Mesa en su primera reunión. Además, la Secretaría Técnica deberá preparar agenda de trabajo, coordinar las sesiones y levantar las actas que sistematicen los asuntos acordados y los compromisos establecidos.

4.

Recibir y tramitar las solicitudes o reclamaciones relacionadas con la no inscripción a la mesa según los requisitos establecidos.

5.

Las demás funciones que determine el Protocolo de Participación Efectiva.

6.

Apoyar a los participantes de las mesas en la elaboración de planes de trabajo que comprendan los ámbitos de participación definidos, tales como: seguimiento y ejecución de los programas formulados para lograr la reparación integral de las víctimas y participación en las instancias de decisión creados.

7.

Realización de ejercicios de rendición de cuentas de las Mesas, veeduría ciudadana y control social frente a la ejecución de los recursos dirigidos a las víctimas.

8.

Informar a las Mesas sobre los planes, programas y acciones implementados para la reparación a las víctimas.

9.

Apoyar a las mesas en la elaboración de recomendaciones, observaciones o propuestas respecto de los programas o planes dirigidos a las víctimas que sean presentados por las instituciones a las Mesas.

(Decreto 4800 de 2011, artículo 288)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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