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Article 1

Ley 28 de 1927 · Por la cual se confieren unas autorizaciones al Ejecutivo sobre construcción de oficinas para servicio público y se adiciona el artículo 18 de la Ley 34 de 1923

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01

Text of the article

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Con el objeto de proveer a la Administración Pública en el ramo de correos y Telégrafos de oficinas adecuadas para el correcto despacho, el Gobierno procederá a construir, por administración directa o delegada, o por medio de contratos aprecio fijo, los edificios adecuados para llenar esta necesidad, así en la capital de la República y capitales de Departamentos e Intendencias, como en las ciudades principales en donde, a juicio del Gobierno, sea conveniente proveer de estos edificios.

Parágrafo

En las capitales de Departamentos e Intendencias en donde el Gobierno este construyendo edificios destinados a servicios nacionales, se adaptaran los locales adecuados para las oficinas de correos y telégrafos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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