°. Establézcase un término adicional improrrogable de cinco (5) meses, contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el artículo 1° del Decreto 2806 del 20 de noviembre de 1997, para efectuar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles del Instituto Nacional de Vías al Ministerio de Cultura, empleados para el desarrollo de los programas y funcionamiento de la Subdirección de Monumentos Nacionales del Instituto Nacional de Vías.
Article 1
Establézcase Un Término Adicional Improrrogable De Cinco (5) Meses, Contados A Partir Del Vencimiento Del Plazo Establecido Por El Artículo 1° Del Decreto 2806 Del 20 De Noviembre De 1997, Para Efectuar La Transferencia De Los Bienes Muebles E Inmuebles Del Instituto Nacional De Vías Al Ministerio De Cultura, Empleados Para El Desarrollo De Los Programas Y Funcionamiento De La Subdirección De Monumentos Nacionales Del Instituto Nacional De Vías
Decreto 367 de 1998 · por el cual se establecen unos términos adicionales y se dictan unas disposiciones para realizar el proceso de fusión de la Subdirección de Monumentos Nacionales del Instituto Nacional de Vías al Ministerio de Cultura”.
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