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Article 21

Para Efectos De Mantener Información Actualizada Sobre La Gestión De Las Comisiones Departamentales Y Del Distrito Capital Del Servicio Civil, Éstas Deberán Remitir De Acuerdo Con Su Jurisdicción, Dentro De Los Primeros Diez (10) Días Calendario De Cada Mes A La Comisión Nacional Del Servicio Civil, Según El Procedimiento Que Se Defina Para El Efecto, Los Datos Relacionados Con: 1

Decreto 1571 de 1998 · por el cual se reglamenta el Título IX y los numerales 2, 4, 8 y 10 del artículo 56 de la Ley 443 de 1998.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Para efectos de mantener información actualizada sobre la gestión de las Comisiones Departamentales y del Distrito Capital del Servicio Civil, éstas deberán remitir de acuerdo con su jurisdicción, dentro de los primeros diez (10) días calendario de cada mes a la Comisión Nacional del Servicio Civil, según el procedimiento que se defina para el efecto, los datos relacionados con

1.

Sesiones, investigaciones, cargos convocados a concurso, consultas, asesorías, investigaciones y actividades de difusión de normas de carrera administrativa.

2.

Total cargos de carrera administrativa, de libre nombramiento y remoción, de trabajadores oficiales y total de empleos en la planta de personal. Subsistema de organización y funcionamiento de entidades públicas

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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