A partir del 1° de enero de 2013, los Citadores que presten sus servicios en la Procuraduría General de la Nación tendrán derecho a un auxilio especial de transporte, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto número 717 de 1978, así
Para ciudades de más de un millón de habitantes: Sesenta y dos mil trescientos pesos ($62.300) m/cte., mensuales;
Para ciudades entre seiscientos mil y un millón de habitantes: Treinta y nueve mil doscientos setenta y un pesos ($39.271) m/cte., mensuales;
Para ciudades entre trescientos mil y menos de seiscientos mil habitantes: Veinticuatro mil novecientos cuarenta y siete pesos ($24.947) m/cte., mensuales.