Contratación de servicios asistenciales Cuando la Sanidad de la policía no esté en capacidad de prestar el servicio médico asistencial solicitado, podrán contratarse los servicios con profesionales y entidades particulares, previa autorización de la Jefatura de la División de Sanidad en las cuantías fijadas por las tarifas vigentes para la Policía Nacional o estipulado en los contratos respectivos
Article 84
Contratación De Servicios Asistenciales Cuando La Sanidad De La Policía No Esté En Capacidad De Prestar El Servicio Médico Asistencial Solicitado, Podrán Contratarse Los Servicios Con Profesionales Y Entidades Particulares, Previa Autorización De La Jefatura De La División De Sanidad En Las Cuantías Fijadas Por Las Tarifas Vigentes Para La Policía Nacional O Estipulado En Los Contratos Respectivos
Decreto 2553 de 1975 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2388 de 1971, reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.