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Article 118

Ley 126 de 1959 · Por la cual se reorganiza la carrera de Oficiales de las Fuerzas MilitaresVigente Parcial

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01

Text of the article

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Los Oficiales sin asignación de retiro designados para desempeñar cargos en el Servicio de Reclutamiento y Movilización, tendrán derecho a los veinte (20) años de servicio, a que el Tesoro Público les pague una pensión vitalicia del 70% del sueldo correspondiente a su grado, computando para este efecto el tiempo de servicio prestado en actividad.

Parágrafo

A los Oficiales con cargos en el Servicio de Reclutamiento y Movilización, que se retiren del mismo sin derecho a pensión, se les reconocerá el auxilio de cesantía correspondiente, la cual se liquidará en la forma prevista en esta Ley.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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