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Article 131

Profesionales Oficiales De Reserva

Decreto 1428 de 2007 · por el cual se compilan las normas del Decreto-ley 1790 de 2000, “por el cual se modifica el decreto que regula las normas de carrera del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares”.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Profesionales Oficiales de reserva. Son profesionales Oficiales de reserva de las Fuerzas Militares, los profesionales con título de formación universitaria conforme a las normas de educación superior vigentes que en forma voluntaria, ad honórem, se vinculan a la institución a través de cursos especiales. El Comando General de las Fuerzas Militares presentará para aprobación del Ministro de Defensa Nacional el Reglamento para los Profesionales Oficiales de Reserva.

Parágrafo

También podrán pertenecer al Cuerpo de profesionales Oficiales de reserva, los aviadores civiles con licencia vigente expedida por el Departamento Administrativo de la Aeronáutica Civil en la modalidad de piloto de transporte de línea, PTL, y/o piloto comercial de helicópteros, PCH.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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