º. Para adelantar el proceso de preparación y formulación del Plan Decenal, funcionará con carácter transitorio un Comité Técnico del Plan, adscrito al Ministerio de Educación Nacional y cuya composición e integración serán definidas por el Ministro de Educación Nacional, de tal manera que en el mismo estén representadas las entidades territoriales, la comunidad educativa y la sociedad civil. Corresponde a este Comité Técnico ejercer la coordinación de los estudios e investigaciones, la preparación de documentos y la movilización a nivel nacional que asegure la más amplia participación de las sociedad civil, en la formulación del Plan Decenal y en el desarrollo y el mejoramiento de la educación. Para su funcionamiento, el Comité Técnico contará con una Coordinación General, dirigida por la persona que designe para el efecto el Ministro de Educación Nacional. El Coordinador General del Comité Técnico del Plan presentará para aprobación del Ministerio de Educación Nacional, una propuesta de acción para la preparación y formulación del Plan Decenal que comprenda entre otros, la determinación de los recursos humanos, físicos, económicos y organizacionales que requiera para adelantar su trabajo.
Decreto 1719 de 1995 →In force
Article 3
º
Decreto 1719 de 1995 · por el cual se dictan normas para la preparación y formulación del Plan Nacional de Desarrollo Educativo 1996-2005.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.