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Article 35

Cada Uno De Los Tribunales Del Trabajo Se Integrará Por Un Representante De Los Trabajadores Uno De Los Patronos Y El Tercero Del Gobierno, Que Lo Presidirá El Reglamento Determinara La Forma Como Los Patronos Y Los Trabajadores Organizados Propondrán Sus Candidatos De Entre Estos El Gobierno Designará, Para Periodos De Entre Tres Años, En Un Mismo Acto, De Dos Magistrados Principales Correspondientes A Los Patronos Y A Los Trabajadores, El Tercero Que Le Corresponde Directamente, Y Cinco Sustitutos Numéricos Para Cada Uno De Ellos El Tribunal Supremo Escogerá, En Un Mismo Acto, De Entre Los Candidatos De Los Patronos Y Los Trabajadores, Para Periodos De Dos Años, Los Respectivos Representantes Principales En Los Tribunales Seccionales, Y Tres Sustitutos Numéricos Para Cada Uno De Ellos, Cada Tribunal Seccional Elegirá, En La Misma Forma, Los Representantes De Los Patronos Y De Los Trabajadores En Los Tribunales Municipales De Su Jurisdicción Para Periodos De Un Año

Decreto 2350 de 1944 · Por el cual se dictan lagunas disposiciones sobre Convenciones de Trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial del trabajo. (segunda publicación)

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Text of the article

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Cada uno de los Tribunales del trabajo se integrará por un representante de los trabajadores uno de los patronos y el tercero del Gobierno, que lo presidirá El reglamento determinara la forma como los patronos y los trabajadores organizados propondrán sus candidatos De entre estos El Gobierno designará, para periodos de entre tres años, en un mismo acto, de dos Magistrados principales correspondientes a los patronos y a los trabajadores, el tercero que le corresponde directamente, y cinco sustitutos numéricos para cada uno de ellos El tribunal Supremo escogerá, en un mismo acto, de entre los candidatos de los patronos y los trabajadores, para periodos de dos años, los respectivos representantes principales en los tribunales seccionales, y tres sustitutos numéricos para cada uno de ellos, cada Tribunal Seccional elegirá, en la misma forma, los representantes de los patronos y de los trabajadores en los tribunales Municipales de su jurisdicción para periodos de un año

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Constitutional history

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