JurídicoESEN

Article 689

Ley 94 de 1938 · Código de Procedimiento Penal

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

En el registro penal se escribirá un extracto de las siguientes providencias:

1.

Las sentencias irrevocables dictadas en los procesos penales;

2.

Los autos de sobreseimiento ejecutoriados;

3.

Las resoluciones sobre libertad condicional;

4.

Las resoluciones que revoquen o sustituyan medidas de seguridad, principales o accesorias;

5.

Las sentencias dictadas contra nacionales colombianos juzgados en país extranjero por delitos sancionados en el Código Penal Colombiano;

6.

Las providencias sobre rehabilitación para el ejercicio de funciones y derechos públicos o de la patria potestad.

El registro contendrá también la designación de los establecimientos donde el condenado ha cumplido la pena o la medida de seguridad y la causa de su libertad.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 94 de 1938