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Article 16

De La División De Tratados

Ley 33 de 1990 · por medio de la cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son funciones de la División de Tratados:

a)

Preparar los conceptos sobre los proyectos de tratados, participar en su elaboración y en la celebración de los mismos;

b)

Reunir las actas de negociación, documentos, conceptos y antecedentes sobre los tratados, clasificarlos y mantener actualizada la información sobre los mismos;

c)

Preparar los proyectos de ley aprobatoria de tratados, hacer el seguimiento de su trámite en el Congreso Nacional y colaborar en su estudio con los miembros de esta Corporación, cuando así lo soliciten;

d)

Recopilar los tratados y preparar publicaciones periódicas sobre los mismos, en coordinación con la Subsecretaría de Asuntos Culturales y Divulgación;

e)

Preparar los proyectos de decreto sobre vigencia o terminación de los tratados, de conformidad con las disposiciones legales vigentes;

f)

Preparar los documentos relativos a la celebración, entrada en vigor y terminación de los tratados.

Parágrafo

La negociación y celebración de tratados requiere el concepto previo y favorable del Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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