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Article 1

Ley 24 de 1878 · Aprobatoria de un contrato

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Art. 1.° Mier se obliga a hacer construir un puente colgante de hierro sobre el rio Magdalena en el punto denominado " Jirardot" o paso de " Flándes," que es el comprendido entre la desembocadura del rio Bogotá i el pueblo de Jirardot, en la vía del camino público de Tocaima al Estado del Tolima, por la banda derecha del rio Bogotá. Este puente tendrá las siguientes condiciones:

Largo total entre sus estremos, de 120 a 130 metros, consultando la mayor solidez de la obra;

Ancho o estension de via, por lo menos tres metras;

Elevación sobre la superficie del agua, quince metros;

Resistencia total del puente, 120 cabezas de ganado mayor o 600 kilogramos por metro, por lo menos

Las columnas o torres sobre las cuales se apoyarán los cables del puente podrán ser de hierro o de calicanto, a voluntad del contratista.

El piso será de madera fuerte i las barandillas de los costados, de hierro.

También se obliga Mier a hacer construir uno o mas edificios para el depósito de materiales i oficinas de administración del puente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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