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Article 5

Los Miembros Del Resguardo Están Obligados A Observar Una Conducta Moral Intachable A Tratar De Una Manera Comedida Y Atenta A Los Particulares Con Quienes Tengan Que Entenderse Por Razón Del Servicio, Y En Todo Caso Se Abstendrán De Proferir Voces Destempladas Y De Discusiones Sobre Asuntos Extraños A, Las Funciones Que Desempeñan

Decreto 280 de 1915 · por el cual se reglamenta el servicio de los Resguardos en los puertos marítimos.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Los miembros del Resguardo están obligados a observar una conducta moral intachable a tratar de una manera comedida y atenta a los particulares con quienes tengan que entenderse por razón del servicio, y en todo caso se abstendrán de proferir voces destempladas y de discusiones sobre asuntos extraños a, las funciones que desempeñan. El vicio de la beodez no será en mantera alguna tolerado en los Resguardos, y si alguno de sus miembros incurriere en la falta de embriagarse, fuera de la pena correccional que se le imponga, se le apocará, llegado el caso., lo dispuesto por el artículo 242 del Código Político y Municipal.

02

Constitutional history

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