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Article 18

Decreto 3012 de 1997 · por el cual se adoptan disposiciones para la organización y el funcionamiento de las escuelas normales superiores.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Para obtener su acreditación previa las escuelas normales en proceso de reestructuración como escuelas normales superiores, deberán enviar al Consejo de Acreditación de Escuelas Normales Superiores, a través de la Secretaría de Educación Departamental o Distrital de la respectiva jurisdicción

1.

Los documentos que consignen los ajustes administrativos, pedagógicos y financieros realizados, especialmente, copia del Proyecto Educativo Institucional debidamente ajustado, incluyendo entre otros

a)

Copia del plan de estudios adoptado, tanto del nivel de educación media como del ciclo complementario;

b)

Copia del documento por medio del cual se adoptó una nueva estructura organizacional;

c)

Copia del documento que fija los criterios relacionados con la administración del personal docente y directivo docente;

d)

Copia del acto administrativo del Consejo Directivo, por medio del cual se adoptan el calendario académico y la jornada escolar;

e)

Informe sobre propuestas de investigación;

f)

Propuesta de financiación del ciclo complementario, acompañada de sus correspondientes soportes.

2.

Una copia del convenio celebrado con una institución de Educación Superior, para atender el ciclo complementario, debidamente ajustado, según lo dispuesto en el presente decreto.

Parágrafo

Las escuelas normales de que trata este artículo dispondrán hasta de seis (6) meses, a partir de la fecha de publicación del presente decreto, para cumplir dichos requisitos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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