Para todos los efectos presupuestales, el Fondo se regirá por las normas aplicables a las Entidades Estatales de carácter financiero.
Los aportes realizados al Fondo se entenderán ejecutados una vez transferidos al mismo y sólo podrán ser reembolsados a las entidades aportantes cuando se verifique en forma definitiva la no realización de los riesgos previstos.