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Article 14

Decreto 2412 de 1982 · Por el cual se reglamenta, dirige e inspecciona la Educación Abierta y a Distancia y se crea el Concejo de Educación Abierta y a Distancia

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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El Programa Nacional de Educación Superior Abierta y a Distancia se regirá por los siguientes principios de política educativa

1.

La planeación, organización y puesta en marcha de los Programas de Educación Superior Abierta y a Distancia, deberán realizarse en forma coordinada para garantizar su calidad y lograr una conveniente utilización de los recursos por parte de los usuarios.

2.

El ICFES fomentará prioritariamente Programas de Educación Superior Abierta y a Distancia, que correspondan a campos profesionales en los cuales exista una considerable demanda ocupacional, y estén acordes con el desarrollo armónico del país.

3.

Las instituciones de Educación Superior que deseen organizar un Programa de Educación Abierta y a Distancia estarán obligadas a cumplir los requisitos que el Gobierno haya determinado para tal efecto.

4.

El Programa de Educación Superior Abierta y a Distancia, procurará la cooperación interinstitucional, mediante la utilización de servicios comunes y el empleo de la capacidad instalada existente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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