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Article 35

Decreto 2912 de 2001 · por el cual se establece el régimen salarial y prestacional de los docentes de las Universidades Estatales u Oficiales del Orden Nacional, Departamental, Municipal y Distrital.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Aplazamiento . Cuando por necesidades del servicio es necesario aplazar las vacaciones de un docente, el Rector o en quien se delegue dicha facultad, expide una resolución motivada y deja constancia en la hoja de vida del docente.

Parágrafo

I . Cuando un docente no hace uso de las vacaciones colectivas, no tiene derecho a ningún reconocimiento posterior de ellas en dinero, salvo las excepciones previstas en el Decreto-ley 1045 de 1978.

Parágrafo

II . El otorgamiento de las vacaciones aplazadas se hace igualmente mediante resolución del Rector, o en quien se delegue dicha facultad, a solicitud del docente y previo concepto favorable del respectivo decano de facultad, director de departamento, centro o instituto, según el caso.

02

Constitutional history

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