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Article 21

La Caja Colombiana De Ahorros Y Las Restantes Cajas De Ahorros Cuyo Funcionamiento Está Autorizado Por La Superintendencia Bancaria, Quedan Facultadas Para Vender A Los Trabajadores Cédulas, Especiales, De Pequeñas, Denominaciones Y De Un Interés Igual Al Que Reconocen En Sus Depósitos, De Ahorros, Y Para Adquirir Bonos De Los Contemplados En Este Decreto, Con El Objeto De Venderlos Por Su Valor De Adquisición A Los Mismos Trabajadores, Mediante El Pago En Las Cédulas A Que Se Refiere Este Artículo

Decreto 380 de 1945 · Sobre fomento de las industrias de edificación y mejoramiento de la vivienda popular

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La Caja Colombiana de Ahorros y las restantes cajas de ahorros cuyo funcionamiento está autorizado por la Superintendencia Bancaria, quedan facultadas para vender a los trabajadores cédulas, especiales, de pequeñas, denominaciones y de un interés igual al que reconocen en sus depósitos, de ahorros, y para adquirir bonos de los contemplados en este Decreto, con el objeto de venderlos por su valor de adquisición a los mismos trabajadores, mediante el pago en las cédulas a que se refiere este artículo. Los poseedores de tales cédulas tendrán derecho preferencial a que se les dé el arrendamiento las viviendas construidas bajo el presente plan, cuando hayan adquirido no menos de un 5% del valor de la vivienda en dichas cédulas. Barrios populares en Buenaventura.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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