Para el debido cumplimiento de la presente Ley, la Corte Electoral, dentro de las apropiaciones del presupuesto de la Registraduría Nacional, podrá suprimir, refundir y crear cargos en las distintas dependencias de la Organización Electoral, y señalar las correspondientes asignaciones y viáticos a todos los empleados; para la posesión interina de los cuales no serán necesarios la presentación previa de fianza ni la comprobación de otros requisitos. Pasadas las elecciones, podrá, igualmente, la Corte Electoral, restablecer, para los fines de la cedulación, el sistema de Agrupaciones de Municipios y determinar el número y categoría de las mismas.
Ley 119 de 1959 →In force
Article 6
Ley 119 de 1959 · Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre elecciones
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.