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Article 9

Decreto 1110 de 2026

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01

Text of the article

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Conformación del Comité Técnico.'E(:!Comité Técnico estará integrado por: "

1.

Un delegado (a) del Presidente de la República.

2.

Un delegado (a) del Ministerio de Salud y Protección Social.

3.

Un delegado (a) del Ministerio de Trabajo.

4.

Un delegado (a) del Ministerio de Educación Nacional. ,

5.

Un delegado (a) del Ministerio de Tecnologías de·l,a ~ .~nformación y las Comunicaciones. ..,' .

«Por el cual se crea la Comisión Intersectorial para el Desarrollo Integral en la Infancia y Adolescencia y el Comité Técnico de la Polftica de Infancia y Adolescencié!,Y se dictan otras disposiciones». " ' ·

6.

Un delegado (a) del Ministerio de las Culturas, las Artes y Los Saberes.

7.

Un delegado (a) del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.

8.

Un delegado (a) del Ministerio de Deporte.

9.

Un delegado (a) del Departamento Nacional de Planeación.

10.

Un delegado (a) del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.

11.

Un delegado (a) del Instituto Colombiano de Bienestar Fam'íliar - ICBF. Un delegado (a) de las Organizaciones de Padres de Familia:

Parágrafo 1

La delegación de los integrantes al Comitétécriic'o será realizada por el/la directivo/a de manera formal y por escrito, por parte del miembro que asiste a la Comisión. "; '.

Parágrafo 2

El Comité podrá invitar a las reuniones a representantes de entidades públicas, organismos públicos, organismos internacionales de cooperación y asistencia técnica, organizaciones sociales y expertos naturales y/o jurídicos, con reconocida experiencia en infancia, adolescencia o temas afines, cuyo aporte se estime de utilidad de conformidad con los asuntos tratados en cé!da sesión.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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