JurídicoESEN

Article 3

La Caja De Previsión Social De Comunicaciones Tiene A Su Cargo La Organización, Dirección Y Administración De Las Prestaciones Sociales Tanto Asistenciales Médicas, Como Económicas Que Las Leyes Otorguen A Los Empleados Públicos Y Trabajadores Oficiales En Su Calidad De Afiliados Forzosos Dependientes Del Ministerio De Comunicaciones, Empresa Nacional De Telecomunicaciones, Administración Postal Nacional, Instituto Nacional De Radio Y Televisión, A Los Mismos Empleados Públicos Y Trabajadores Oficiales De Caprecom Y Demás Entidades Que Las Disposiciones Legales Determinen

Decreto 1168 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º La Caja de Previsión Social de Comunicaciones tiene a su cargo la organización, dirección y administración de las prestaciones sociales tanto asistenciales médicas, como económicas que las leyes otorguen a los empleados públicos y trabajadores oficiales en su calidad de afiliados forzosos dependientes del Ministerio de Comunicaciones, Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Administración Postal Nacional, Instituto Nacional de Radio y Televisión, a los mismos empleados públicos y trabajadores oficiales de Caprecom y demás entidades que las disposiciones legales determinen.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1168 de 1969