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Article 3

Ley 72 de 1927 · Por la cual se organizan las Secciones del Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas, se fijan las asignaciones de los empleados y se dictan otras disposiciones sobre instrucción pública

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01

Text of the article

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El personal y asignaciones de la Sección séptima Dirección Nacional de Higiene, Asistencia Pública, serán los determinados por el Artículo 19 de la Ley 27 de 196, con excepción del personal y sueldos del Laboratorio Samper y Martínez, los cuales serán como sigue para el personal directivo: Un Director Técnico General, con asignación mensual de $ 550 Dos Auxiliares Técnicos, Jefes de las Secciones de Productos y Diagnósticos, respectivamente, con asignación mensual de cada uno $ 350 700 Un Administrador, con asignación mensual de 300 Un Contador Pagador, con asignación mensual de 200 Un Ayudante del Contador, con asignación mensual de 140

Parágrafo. Quedan en estos términos modificados los Artículos 4º y 19 de la Ley 27 de 1926 .

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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