º Los expresados billetes se cambiarán en la Caja de Junta de Conversión ó en las de las Comisiones de Cambio establecidas en diversas ciudades del país, por billetes americanos de los editados en obedecimiento á la Ley 64 de 1909, ó por monedas de plata ó de níquel, según los respectivos valores de los cambiados y de acuerdo con la Ley 69 del mismo año.
Article 2
Los Expresados Billetes Se Cambiarán En La Caja De Junta De Conversión Ó En Las De Las Comisiones De Cambio Establecidas En Diversas Ciudades Del País, Por Billetes Americanos De Los Editados En Obedecimiento Á La Ley 64 De 1909, Ó Por Monedas De Plata Ó De Níquel, Según Los Respectivos Valores De Los Cambiados Y De Acuerdo Con La Ley 69 Del Mismo Año
Decreto 916 de 1911 · Por el cual se señala plazo para el cambio de algunos billetes de ediciones antiguas
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