Otras responsabilidades. Las entidades autorizadas para efectuar actuaciones de intermediación aduanera estarán en la obligación de emplear la mayor prudencia, diligencia y cuidado en la selección y vinculación del personal a su servicio, debiendo constatar que no se encuentre en las circunstancias previstas en el artículo 6° de este Decreto. Las entidades autorizadas responderán administrativamente ante la Dirección General de Aduanas, por toda acción u omisión que realicen sus empleados, tramitadores, dependientes, auxiliares, y en general cualquier persona que ocasional o permanentemente le preste un servicio relacionado con el ejercicio de su objeto social. No habrá responsabilidad a partir de la fecha en la cual el intermediario aduanero comunique, personalmente, y por escrito, a la Dirección General de Aduanas la desvinculación de las personas relacionadas, siempre que dicha comunicación se efectúe con anterioridad a la ocurrencia del hecho irregular.
Decreto 1657 de 1988 →In force
Article 11
Otras Responsabilidades
Decreto 1657 de 1988 · por medio del cual se modifica el régimen aduanero, en materia procesal.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.